Según este diario, Alberto Cubero (concejal de servicios públicos y personal en el ayuntamiento) explicó que, aunque sea una sentencia la que anule el contrato, el ayuntamiento tendrá que indemnizar a la empresa al ser responsabilidad del Gobierno municipal la redacción de los pliegos, en cuestión por el magistrado, y no por una infracción cometida por la contrata. La indemnización podría ascender a 35 millones por lucro cesante, en el mejor de los casos.
Para su señoría, el contrato debería ser declarado nulo de derecho porque los pliegos de condiciones son claramente discriminatorios para la cooperativa de trabajadores, que también licitó por ella y que acabó siendo excluida por no cumplir los requisitos.
La respuesta del juez
Al parecer ha sido sorprendente, pero tras más de un mes de espera se ha limitado a indicar que "lo que solicita el ayuntamiento es la respuesta a cuestiones relativas a la ejecución de la sentencia, y esas preguntas deben realizarse cuando sea firme y no es ni el trámite ni el momento para resolver esta cuestión".
Al parecer ha sido sorprendente, pero tras más de un mes de espera se ha limitado a indicar que "lo que solicita el ayuntamiento es la respuesta a cuestiones relativas a la ejecución de la sentencia, y esas preguntas deben realizarse cuando sea firme y no es ni el trámite ni el momento para resolver esta cuestión".
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